
Corrientes | Detuvieron al intendente Caram por presunta usurpación de autoridad y desobediencia
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El Poder Judicial informó que el fiscal, Adrián Aurelio solicitó la detención del intendente de la localidad correntina de Mercedes, actualmente suspendido, Diego Martín Caram.
Diego Martín Caram fue condenado a 7 años y 6 meses de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos por los delitos de incumplimiento de los deberes de funcionario público, peculado y falsificación de documentos públicos agravada en concurso real.
Al realizar su presentación, el representante del Ministerio Público Fiscal, mencionó la sospecha que pesa sobre aquel por la presunta autoría del delito provisionalmente calificado de USURPACIÓN DE AUTORIDAD Y DESOBEDIENCIA A LA AUTORIDAD, ya que se habría presentado en el despacho del intendente, a fin de retomar las funciones de las que se encuentra actualmente suspendido por resolución del Concejo Deliberante en razón de la condena, aún no firme, dictada hace unos meses por Tribunal Oral Penal de Mercedes.
El fiscal, solicitó el secuestro de algunos elementos que se sumarán a su investigación y motivó, en todos los casos, la urgencia en la realización de las tareas, requiriendo la habilitación de nocturnidad (art. 172 último párrafo del CPP) para el allanamiento y la posterior detención. Expuso principalmente las razones que, a su criterio, justifican la detención de Caram; por resultar un riesgo (arts. 224 y 225 del CPP), para el éxito de la investigación, que este permanezca en libertad.
Personal policial, con la orden judicial, procedió en horas de la noche, en razón de la urgencia y gravedad del hecho, al allanamiento del domicilio de Caram (B° Santa María de Mercedes), al secuestro de elementos necesarios para la investigación y la detención del mismo, quien ya se encuentra alojado en la Alcaidía de la Comisaría Primera de Mercedes, asistido de su defensor doctor Marcos Harispe.
Ahora el Fiscal, conforme las previsiones legales (art. 230 del CPP), deberá formalizar la imputación al detenido y requerir audiencia a la Oficinal Judicial, dentro de las 72hs, a fin de solicitar al Juez de Garantías las medidas de coerción que estime (art. 232 del CPP).